- Número de diputados: 350
- Número de circunscripciones (provincias): 52
- Mínimo de diputados por circunscripción: 2 (1 en las ciudades autónomas)
- Barrera legal de entrada: 3% de los votos totales en la circunscripción
- Regla de reparto: método D’Hondt
- Tipo de listas: cerradas
- Período de mandato: 4 años
- Voto nulo: no computa
- Voto en blanco: computa pero no obtiene representación
Nuestro sistema está diseñado para facilitar la gobernabilidad entre dos partidos alternantes y una serie de partidos bisagra, la mayoría nacionalistas. A efectos prácticos se trata de un sistema más mayoritario que proporcional ya que tiende a otorgar grandes mayorías a los ganadores. A todo eso debemos añadirle el agravante de tener una gran asimetría territorial, los votos no valen lo mismo en todas partes provocando una infrarepresentación del voto urbano. Debido a sus peculiaridades, el sistema tiende a favorecer la concentración del voto en torno a dos opciones, el bipartidismo, y hacia aquellos partidos que son capaces de tener muy concentrado el voto, nacionalistas y regionalistas. La pequeñez de la mayoría de circunscripciones hace que, al igual que en los sistemas mayoritarios las barreras de entrada sean importantes. A esas barreras debemos añadir las trabas administrativas para presentar una candidatura, los avales necesarios o las dificultades de financiación si no se tiene representación parlamentaria.
En la tabla anterior vemos que hay una heterogeneidad importante, solo 5 provincias de las 52 totales otorgan más de 10 escaños. Existe, en cambio, una gran cantidad de ellas que no dan más de 3 escaños. Esto es debido al mínimo de 2 escaños por provincia que produce una sobrerepresentación del voto rural, siendo Soria el caso más extremo. El hecho de que haya tantas circunscripciones también dificulta la entrada al parlamento a nuevas formaciones de ámbito nacional. Se ha visto recientemente con EQUO, una fuerza que aún sacando más de 200.000 votos fue incapaz de conseguir ni un solo diputado. Es por esta divergencia entre provincias, unas pocas muy pobladas y el resto despobladas, que el sistema español no se puede clasificar enteramente en ninguno de los dos grandes grupos. Así que, no es mayoritario pero mucho menos es proporcional.
En esta tabla superior mostramos, cuantificados, los efectos distorsionadores de nuestra ley electoral sobre los resultados de las pasadas elecciones. Como vemos, la ley D’Hondt, de la que tanto se habla, no es el principal causante de la desproporcionalidad entre votos y escaños. La existencia de múltiples circunscripciones pequeñas tiene un efecto aún mayor. Dado que la distorsión de D’Hondt se amplifica en las circunscripciones pequeñas, podemos decir que es el efecto agregado o combinado de ambas distorsiones la que hace que el sistema electoral español sea, en realidad, cuasi mayoritario. El efecto de la barrera legal lo hemos juntado con el de las circunscripciones por ser, de hecho, despreciable ya que, salvo en Madrid y Barcelona, en el resto de provincias la barrera implícita es siempre muy superior a la barrera legal.
La realidad es que en la mayoría de provincias la barrera de entrada efectiva es del 10% por lo menos. Así, para obtener representación en la mayoría de las provincias más pobladas se deberían sacar más de un 10% de los votos. Sin embargo, mientras no alcance umbrales por encima del 15%, se verá severamente penalizado. Por el contrario, aquellos partidos que sean capaces de obtener porcentajes de voto por encima del 20% en las provincias menos pobladas se verán bonificados.
Información sobre la posible reforma del sistema electoral
- Propuesta para la reforma electoral basada en el sistema danés. Analizamos el sistema electoral danés de escaños compensatorios y su posible implementación para el caso español sin necesidad de tocar la constitución.
- Sistemas mayoritarios, no gracias. Analizamos las consecuencias de convertir el sistema actual en un sistema mayoritario auténtico. Concluimos desaconsejando ese cambio dado que gran parte de los defectos que tiene el sistema actual vienen, precisamente, de la falta de proporcionalidad.
- Ley Electoral proporcional para la propuesta D.100%. Exponemos una ley electoral proporcional para elegir a los diputados para nuestra propuesta democrática. Concluimos que es necesario favorecer una mayor fragmentación parlamentaria pero sin caer tampoco en una atomización excesiva.
Enlaces de interés:
Estadística electoral: el método d’Hondt en España
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La Sistema Electoral es adecuado según el método D’Hondt; lo que no es adecuado son las circunscripciones para las Generales y Autonómicas, en ambos casos debería haber una sola circunscripción, si bien con un reparto equitativo de los candidatos en función de sus residencias y habitantes a representar. JLBG
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Es increíble que en un país democrático el presidente de gobierno lo eliga los diputados, cuando debería ser elegido por los votos mayoritarios de los ciudadanos
Pues eso pasa en todos los países democráticos de nuestro entorno. Es precisamente la base del sistema parlamentario. De hecho los sistemas presidenciales son peores porque exigen votar una persona y es imposible que esta exprese todos los matices ideológicos como sí los puede expresar un parlamento. Siempre es mejor concentrar el poder en un Parlamento que en un Presidente. Por eso el presidencialismo conduce a sistemas políticos típicamente más autoritarios y deficientes. No siempre pero si uno mira, las democracias más avanzadas son todas parlamentarias. Suiza, Dinamarca, Holanda…
Colegialidad siempre mejor que concentrar el poder en una única persona. De hecho el sistema español más allá de su parlamentarismo aparente es bastante presidencial, demasiado poder concentrado en el ejecutivo.